Resulta difícil hallar, en nuestro Ordenamiento jurídico, una institución jurídica con una raigambre similar a la de la lesividad que se haya visto sometida a una transformación tan reseñable desde suorigen. El sistema de lesividad actual, como mecanismo de revisión de oficio de los actos administrativos favorables, presenta un conjunto de particularidades jurídicas que no solo le separan de su concepción originaria, sino del régimen general del actuar administrativo.
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